EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 8 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles I de Zaragoza, por la que se rechaza la solicitud de cancelación de inscripción por revocación de poderes.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-22052

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Hablando claro

Un administrador de una empresa de Zaragoza ha intentado revocar unos poderes que había otorgado a otro administrador, alegando que la empresa está bloqueada y no puede funcionar. El Registro Mercantil ha rechazado esta revocación porque considera que antes de permitirla, había que demostrar que los otros administradores también se negaban a aprobarla; solo se había confirmado la oposición de uno de ellos. Es una resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica que confirma o revisa la decisión del registrador.

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Cómo te afecta

Afecta a administradores de empresas que trabajan en régimen mancomunado (donde varios deben actuar juntos): si intentas revocar poderes de forma unilateral argumentando bloqueo, deberás acreditar que todos los otros administradores se niegan a acordarlo, no solo que uno se opone. También te afecta si eres una empresa con estos problemas de funcionamiento: necesitarás seguir procedimientos más rigurosos para resolver los bloqueos administrativos.