Resolución de 1 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Tarragona n.º 3 a inscribir una escritura de segregación y compraventa, previa rectificación de su superficie, por concurrir la oposición en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-22034
Hablando claro
La registradora de Tarragona número 3 ha rechazado inscribir una compraventa de terrenos de la empresa Depisa Coating Solution porque el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias se opone: según sus registros, parte del terreno que se pretende vender invade una zona de ferrocarril de alta velocidad (1.046 metros cuadrados) que es dominio público, y además hay parcelas afectadas por servidumbres de paso. La resolución confirma que el Registro de la Propiedad actuó correctamente al suspender la inscripción mientras se resuelva esta colisión con bienes públicos.
Cómo te afecta
Si eres la empresa Depisa Coating Solution o los vendedores originales, esto te afecta porque no puedes formalizar la venta ni actualizar los registros de propiedad hasta resolver el conflicto con los terrenos ocupados por la línea de tren de alta velocidad; tendrás que negociar con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para delimitar correctamente qué parte del terreno es realmente tuya o solicitar una indemnización por las expropiaciones ya realizadas.
Fuente oficial