Resolución de 11 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 2, por la que se deniega la tramitación de un procedimiento de conciliación de los previstos en el artículo 103 bis de la Ley Hipotecaria.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-22010
Hablando claro
Dos propietarios de una finca en Ibiza solicitaron al Registro de la Propiedad un procedimiento de conciliación para resolver una disputa sobre los límites de su terreno con otra finca vecina, pero el registrador rechazó la solicitud. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha revisado ese rechazo tras el recurso presentado por los propietarios. El conflicto se centra en si el procedimiento puede avanzar cuando afecta potencialmente a otras fincas colindantes y si el objeto de la disputa estaba lo suficientemente claro en la solicitud inicial.
Cómo te afecta
Si eres propietario de una finca y tienes un conflicto de límites con un vecino, te afecta porque el procedimiento de conciliación registral es ahora un requisito obligatorio (MASC) antes de poder acudir a los tribunales. Si tu solicitud se rechaza por defectos formales, tienes derecho a recurrir ante la Dirección General alegando que esos defectos pueden subsanarse durante el procedimiento sin necesidad de negar toda la tramitación.
Fuente oficial