Instrucción de 15 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, relativa al procedimiento para la destrucción de tomos de protocolos especiales de protestos de letras de cambio y de otros documentos mercantiles.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-22008
Hablando claro
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública establece cómo deben destruirse los antiguos registros de protestos de letras de cambio y otros documentos mercantiles que guardan los notarios y archivos notariales. La norma fija un procedimiento único que garantiza que la destrucción sea segura, que se preserve una muestra de estos documentos para el futuro, y que se cumplan todas las normas de protección de datos y confidencialidad.
Cómo te afecta
Si eres notario o notaria, este procedimiento te afecta cuando quieras deshacerte de tomos antiguos de protestos (con al menos 5 años de antigüedad): tienes que inventariar los registros, solicitar autorización, usar una empresa especializada que certifique la destrucción completa, y enviar copia del certificado a tu Colegio y a la Dirección General. Si trabajas en un Archivo de Distrito o en un Colegio Notarial como custodio de estos documentos, el procedimiento también se aplica a ti.
Fuente oficial