EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 18 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Cunit, por la que se suspende la inscripción de una escritura de agrupación por albergar el registrador dudas de correspondencia entre una de las fincas agrupadas y su representación gráfica.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-21921

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Hablando claro

El Registro de la Propiedad de Cunit ha rechazado la inscripción de una agrupación de dos parcelas porque ha detectado que una de ellas no coincide entre lo que dice el catastro y la realidad física del terreno: según las imágenes cartográficas, falta una pieza triangular de terreno en la representación gráfica. El notario que redactó la escritura de agrupación ha presentado un recurso contra esta decisión del registrador ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

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Cómo te afecta

Si eres propietario de estas dos parcelas en Cunit, tu agrupación no se ha inscrito todavía y tendrás que resolver primero el problema de que la cartografía catastral no se ajusta a la realidad del terreno: puedes presentar un levantamiento topográfico que corrija la representación gráfica, o esperar a que se rectifique la información catastral. Hasta que se solucione, no podrá formalizarse la agrupación de tus fincas en el registro.