EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 16 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Santa Fe n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de permuta.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-21919

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Hablando claro

Un hombre impugna la decisión del Registro de la Propiedad de Santa Fe que rechazó inscribir una escritura de permuta de una finca por trabajos de demolición y construcción. El registrador consideró que no era una auténtica permuta porque, según la ley, una permuta debe ser el intercambio de una cosa por otra cosa, pero aquí se estaba intercambiando una finca por servicios (un «hacer», no un «dar»), lo que técnicamente es otro tipo de contrato. El afectado recurre argumentando que aunque el negocio sea atípico o diferente a la permuta clásica, eso no debería impedir su inscripción si queda clara la intención de las partes y el acuerdo es válido.

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Cómo te afecta

Si eres propietario de una finca y has formalizado ante notario una transmisión de tu propiedad a cambio de que alguien realice obras o servicios para ti (en lugar de pagarte dinero), esta resolución te afecta: el Registro puede rechazar la inscripción si la denomina como «permuta» pero luego detecta que técnicamente no lo es, obligándote a replantear la redacción de la escritura o el tipo de contrato usado para poder finalmente registrarlo.