Resolución de 9 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se determina la relación de centros habilitados en el extranjero para el depósito de voto en urna en las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado de 29 de noviembre de 2026.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
BOE-A-2026-21140
Hablando claro
El Ministerio de Asuntos Exteriores publica dónde pueden votar los españoles residentes en el extranjero en las elecciones del 29 de noviembre de 2026. Los españoles que vivan fuera de España podrán depositar su voto en persona en las embajadas y consulados españoles, o en lugares especiales habilitados al efecto, entre el 8 y el 3 de noviembre (una semana antes de las elecciones), en horario de mañana y tarde.
Cómo te afecta
Si eres español residente en el extranjero y quieres votar en las elecciones al Congreso y Senado del 29 de noviembre de 2026, debes dirigirte a tu consulado o embajada correspondiente, o a los centros especialmente habilitados en tu demarcación consular, durante los días 8 al 3 de noviembre en horario de mañana y tarde para depositar tu voto en urna. En casos excepcionales (como Chile, México o Venezuela), el votación se realizará en lugares alternativos específicos que tu consulado publicará en su web y redes sociales.
Fuente oficial