EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Manresa n.º 4 a expedir copia del expediente completo de la inscripción practicada, comprensiva del título que la motivó.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-21068

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Hablando claro

El Ayuntamiento de Sant Vicenç de Castellet pedía al Registro de la Propiedad de Manresa una copia completa del expediente de una inscripción de obra antigua, incluyendo el documento notarial que la originó, para verificar si se cumplía la legalidad urbanística. El registrador se negó, argumentando que solo él puede certificar lo que figura en los libros del registro, pero no los documentos originales, que debe solicitar al notario. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha resuelto que el registrador tiene razón: puede proporcionar información sobre lo inscrito, pero la copia del documento notarial debe solicitarla el Ayuntamiento directamente al notario que lo autorizó.

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Cómo te afecta

Si eres un Ayuntamiento que necesita verificar la legalidad urbanística de una obra inscrita en el registro de la propiedad, puedes solicitar al registrador información sobre lo que consta en el registro y los datos identificativos del documento notarial, pero tendrás que pedir la copia del documento original directamente al notario que lo autorizó, no al registro.